Le quitan la tobillera electrónica a Pity Alvarez
Así lo decidió la Justicia mediante una medida tomada por el Tribunal que tiene a su cargo el juicio contra el músico Cristian “Pity” Álvarez por el homicidio ocurrido en el mes de julio del 2018 en un enfrentamiento con su vecino Cristian Diaz del barrio Samoré, de Villa Lugano.
Los problemas de incapacidad en Alvarez han sido demostrados, por lo que la justicia ratificó hoy la suspensión del debate, ordenó el cese de su arresto domiciliario y que se le quite la tobillera electrónica que le habían colocado para monitorearlo, y dispuso que sea la Justicia Civil la que supervise su tratamiento de rehabilitación por el consumo de sustancias hasta que esté en condiciones psíquicas.
El Tribunal (TOC 29) integrado por los jueces Juan Martín Ramos Padilla, Gustavo Goerner y Hugo Navarro, resolvió en el fallo, como primer punto rechazar el pedido de sobreseimiento de Álvarez, requerido por el defensor oficial José Marino, quien consideró que “Pity” debe ser declarado inimputabilidad debido a su estado de salud y sus padecimientos psicológicos y psiquiátricos debido al consumo de sustancias.
“Teniendo en cuenta los informes médicos y demás constancias obrantes en autos, sin perjuicio de las afecciones que presenta Cristian Gabriel Álvarez Congiu -trastorno cognitivo mayor, trastorno depresivo, trastorno adictivo de consumo de sustancias crónico y diversos factores de riesgo-, ello no permite aseverar que, en la actualidad, el nombrado resulte inimputable”, indicó el juez Goerner en sus argumentos, al que adhirieron sus colegas.
En la resolución, los magistrados sí hicieron lugar a la suspensión del debate oral por el crimen de Cristian Maximiliano Díaz, al considerar que el exlíder de “Viejas Locas” e “Intoxicados” no se encuentra en condiciones psíquicas de afrontar un debate oral.
Por tal motivo, se ordenaron informes trimestrales para conocer la evolución en la salud de Álvarez Congiu y establecer si puede en algún momento ser juzgado por el delito de “homicidio simple”, que prevé una pena de 8 a 25 años de prisión.
Por otra parte, los jueces ordenaron el cese del arresto domiciliario de “Pity” y que se le retire la tobillera electrónica, la cual le fue provista para controlar su atención médica en el tratamiento por sus adicciones en una clínica, desde donde se informó que “no presenta adherencia y no participa en los tratamientos”.
Un informe del Cuerpo Médico Forense aportado por la defensa del músico concluyó que “las facultades mentales de Álvarez Congiu no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales desde la perspectiva médico legal, ya que presenta un cuadro de deterioro psicoorgánico, compatible de acuerdo a la evaluación psiquiátrica con Trastorno Cognitivo Mayor, que le impide la autonomía adecuada para desenvolverse en la vida diaria, y un Trastorno Depresivo, con intensa anhedonia (incapacidad para sentir placer) y apatía, por lo que en la actualidad no estaría en condiciones de estar en proceso debido a su deterioro psicoorgánico, que le dificultaría su adecuada defensa en el proceso”.
“Al respecto, debe recordarse que el psiquiatra del Cuerpo Médico Forense expuso que si bien el daño psiconeurobiológico que presenta Álvarez Congiu resultaría mayormente irreversible, no puede descartarse una mejoría que podría producirse en caso de recibir un tratamiento adecuado, luego de lo cual podría volver a ser evaluado”, sostuvieron los jueces en el fallo.
Por ello, del tribunal dispuso la intervención del Juzgado Nacional en lo Civil 4 “ante la posibilidad de que, eventualmente, sea necesario disponer su internación involuntaria en un dispositivo adecuado para afrontar su cuadro de salud mental”.