Condenaron a Alperovich a 16 años de prisión

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En la causa que se lo juzgaba por abusar sexualmente de su sobrina, fue encontrado culpable por la Justicia.

La sentencia fue leída esta noche por el titular del TOC 29 de justicia nacional porteña, Juan María Ramos Padilla, quien dispuso la inmediata detención del también ex senador nacional. Alperovich fue retirado de la sala del tribunal por efectivos de seguridad para su traslado a una unidad carcelaria del Servicio Penitenciario Federal, que no fue precisada hasta esta medianoche.

El ex gobernador de Tucumán José Alperovich fue condenado este martes a 16 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos a nivel nacional, provincial y municipal por haber sido considerado penalmente responsable de haber agredido sexualmente a una sobrina y ex colaboradora en nueve oportunidades entre diciembre de 2017 y marzo de 2018.

Finalizado el juicio y leída la sentencia condenatoria la abogada querellante Carolina Cymerman expresó ante la prensa en la salida del tribunal, “Creemos que es un fallo histórico” y agregó que en la querella que integra junto a Pablo Rovatti del Programa de Asistencia a la Víctima de la Defensoría General de la Nación, están “conformes con el fallo” en tanto cumple las expectativas “de que se haga justicia”.

Por su parte, Milagro Mariona, vocera de la víctima, periodista y militante feminista tucumana que acompañó a la denunciante en todo el proceso, expresó “Teníamos expectativas de condena pero no sabíamos cuántos años iban a ser y la verdad que haya sido una pena muy alta y que haya ido preso inmediatamente es un mensaje muy fuerte contra la impunidad del poder, sobre todo en los ámbitos políticos donde sabemos que la violencia de género es muy grande”.

En el fallo el magistrado dio por probados los 9 hechos denunciados. Ramos Padilla encontró a Alperovich “autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple reiterado en tres oportunidades (hechos 1, 3 y 5 de la elevación a juicio), los últimos dos cometidos en grado de tentativa, y otros seis sucesos de violencia sexual agravados por haber sido con acceso carnal por vía vaginal, anal y oral, al haber introducido partes de su cuerpo, su pene por las tres vías y sus dedos en la primera de ellas (hechos 2, 4, 6, 7, 8 y 9), en todos los casos, mediando para su comisión intimidación, abuso de una relación de dependencia, de poder y de autoridad, todos estos en concurso real entre sí”.

En segundo lugar, el juez decretó la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos en el ámbito nacional, provincial y municipal, como había pedido la fiscalía.

Dispuso además, la detención, con prisión preventiva, de Alperovich y su inmediato traslado a una cárcel del Servicio Penitenciario Federal. También, ordenó que se le extraigan muestras de ADN para incorporarlas al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

En la sentencia, además, Ramos Padilla ordenó que se extraigan las declaraciones para investigar por falso testimonio a tres testigos presentados por la defensa. Se trata de Manuel Frías, que trabajó como mozo para Alperovih; Víctor Hugo Decataldo, empresario de transportes que también tuvo una relación sentimental con Sara, una de las hijas del ex mandatario, y David Cayatta, exchofer y custodio del dirigente.

También dispuso que se remita la filmación de los testimonios de las perito de parte, presentadas por la defensa, las psicólogas Liliana Sedler y Paula Sánchez Ayala, y copias de sus informes periciales presentados en el expediente al Ministerio de Salud de la Nación, “a los fines de que, por intermedio del órgano que corresponda, evalúen la conducta ética de las profesionales, de acuerdo con lo que surge de los considerandos respectivos”.

En la sentencia, el juez reconoció “el derecho de M.F.L., la denunciante, en lo que hace a la reparación integral en los términos del art. 29, inc. 2 del CPN, de acuerdo a las consideraciones formuladas en la sentencia”. Fue un pedido de la Fiscalía en su alegato. La denunciante no inició demanda civil. Pero el juez le reconoce el derecho a recibir una reparación –una vez que quede firme la sentencia– por los daños que le causaron los abusos.

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