Confirman un nuevo bono para jubilados
Una buena para los jubilados en medio de la crisis económica, La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes la suba del 4,58% en los haberes de jubilados y pensionados y en los montos de las asignaciones familiares para agosto, en línea con la inflación de junio, mediante las 389 y 390/2024 publicadas en el Boletín Oficial.
De esta manera, la jubilación mínima llegará a $225.540,61, a lo que se sumará un bono de $70.000, totalizando 295.540 pesos.
Ningún jubilado podrá cobrar menos de esa cifra, por lo que aquellos beneficiarios cuyo haber sea mayor al mínimo cobrarán un bono proporcional hasta alcanzar ese piso.
La jubilación máxima alcanzará los $1.517.094,80, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), $180.363,54 y la Prestación Básica Universal (PBU), $103.135,11;
En el texto reglamentario se determinó que la percepción de un ingreso superior a $1.660.759 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, “excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido”.
Calendario de pagos de agosto
Jubilados que cobran un haber mínimo:
Documentos terminados en 0: 8 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 1: 9 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 2: 12 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 3: 13 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 4: 14 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 5: 15 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 6: 16 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 7: 19 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 8: 20 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 9: 21 de agosto de 2024.
Jubilados que cobran más de un haber mínimo:
Documentos terminados en 0 y 1: 22 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 2 y 3: 23 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 4 y 5: 26 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 6 y 7: 27 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 8 y 9: 28 de agosto de 2024.