La Justicia Porteña intimó al GCBA por la obligatoriedad de las clases presenciales
El titular del juzgado N° 13 del fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, el magistrado el juez Guillermo Sheibler, tras dos contundentes dictámenes, uno del Dr. Urresti del Ministerio Público Fiscal y otro de la Dra. López Oliva de la Asesoría Tutelar, ha intimado al Gobierno de la Ciudad a cumplimentar una serie de requisitos en el marco de una acción de amparo colectivo iniciado por un grupo de padres, madres y alumnos/as con el patrocinio de uno de los equipos de la asociación de abogados/as “Nace un Derecho”.
En el expediente, los accionantes no se contraponen de manera directa contra la presencialidad, pero si de manera categórica, y ante la palmaria carencia de evidencia científica concluyente sobre su seguridad, contra la obligatoriedad de la misma, sobre todo en este marco crítico de la pandemia, el cual se ha agudizado en las últimas horas debido al incremento en la tasa de contagios por Covid.
Además solicitan el ajuste de los protocolos reseñados en la Resolución 1/2021, los cuales ostensiblemente no se cumplen, la provisión de insumos para los que opten por la presencialidad, la organización controlada del transporte y la aceleración del proceso de vacunación para docentes y auxiliares.
Al respecto el Dr. Sheibler en su medida categóricamente ordenó que en el plazo impostergable de 5 días la cartera ministerial dirigida por la Licenciada Acuña:
Informe y acredite con la correspondiente documentación, si existe un proyecto de modificación/adecuación al “PROTOCOLO PARA EL INICIO DE LAS CLASES PRESENCIALES 2021” (anexo a la resolución conjunta n° 1/2021 M.E/M.S G.C.B.A) considerando el récord de contagios por COVID-19 que se registró en la Ciudad en los últimos días.
2) Informe y acredite el contenido de las “alternativas remotas para garantizar la continuidad pedagógica” previstas en el punto 2.c del anexo a dicha resolución, y detalle en qué consisten, qué elementos requieren quienes las utilicen, las adecuaciones de infraestructura escolar efectivamente gestionadas a fin de garantizar conectividad en las escuelas, la adecuación al contenido curricular y cuántos niños, niñas y adolescentes están utilizando esta modalidad y capacidad de usuarios prevista.
3) Informe y acredite la cantidad de transporte escolar que actualmente está en funcionamiento especificando la capacidad (conforme protocolo) de cada una de las unidades y cantidad de niños y niñas que efectivamente utilizan cada una de ellas.
4) Acompañe el plan de vacunación contra el SARS COVID-19 para el personal docente y no docente.
Se esperan en los próximos días novedades importantes para este importante y nutrido sector de la sociedad que viene sufriendo y padeciendo esta impropia e indigna obligatoriedad en medio de una pandemia mundial.