Prorroga para la suspensión del corte de servicio de luz

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Las empresas Edesur y Edenor no podrán cortar el servicio de electricidad por falta de pago, la medida fue prorrogada por una resolución del Boletín Oficial. De esta manera el Entre Regulador de Electricidad (ENRE) estableció que no podrán cortar el servicio eléctrico por deudas previas al 28 de febrero.

Las empresas que brindan el suministro eléctrico deberán facturar únicamente lo consumido durante el periodo de facturación, no pudiendo agregar en ella deudas anteriores. Las empresas deberán informar el monto que las personas usuarias mantienen como saldo adeudado, al 31 de diciembre del 2020, y las deudas que se originaron entre el 1 de enero y el 28 de febrero del 2021, para que dichos montos puedan ser percibidos conforme a las pautas que establezca el Ente.

Esta noticia fue recibida con gran alivio por miles de usuarios que acumulan deudas desde el mes de marzo de 2020 cuando comenzó la pandemia. La resolución 58/2021 establecida en el día de ayer en el Boletín Oficial también contempla que las empresas emitan la liquidación de servicio público incluyendo únicamente los importes correspondientes a los consumos del período, la carga impositiva y, si corresponde, las cargas municipales.

Desde el Ente Regular de Electricidad expresaron que buscan “velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad del servicio público de distribución eléctrica, ponderando la realidad socioeconómica de las personas usuarias. Del mismo modo, tiende a evitar la exclusión de numerosas personas usuarias de los servicios públicos de energía eléctrica, lo cual significaría un agravamiento del perjuicio social producido por la pandemia”.

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