Denuncian a Larreta por atentado a la salud pública y por sedición

0

En el marco del inexplicable conflicto entre el Gobierno porteño que insiste con las clases presenciales y de esta forma desconoce el DNU 241, la Justicia de la Ciudad y el Ejecutivo nacional, en plena pandemia, fue denunciado el Jefe de Gobierno porteño

Horacio Rodríguez Larreta  fue denunciado por la abogada Valeria Carreras, por los delitos de atentado a la salud pública y por sedición tras haber impulsado “una serie de acciones judiciales tendientes a dejar sin efecto el DNU 241/2021”, que suspendió las clases presenciales en el AMBA por la segunda ola de coronavirus, lo que según la denunciante implica haber incurrido en conductas tipificadas por el artículo 205 y 230 inciso 2 del Código Penal.

Ayer por la noche desde la sede gubernamental Larreta informó con detalles sobre la situación de las clases presenciales en la Ciudad a partir de este lunes 19 de abril, amparado en el fallo reciente de la Cámara de Apelaciones porteña respecto a este tema, y sostuvo: “Si los alumnos de la Ciudad van a estar sentados en el aula es gracias al esfuerzo de una sociedad comprometida con la educación y el futuro”.

Junto con el primer mandatario porteño fueron denunciados la asesora general tutelar de la Ciudad Carolina Stanley y la titular del partido PRO, Patricia Bullrich.

La denunciante aseguró que la emisión por parte del Ejecutivo del DNU 241/2021 se dictó “en y por la pandemia, cuyo rebrote, o denominada segunda ola, está colapsando el servicio sanitario y llevándose vidas de compatriotas, siendo una indiscutida situación extraordinaria que amerita medidas urgentes”, aseveró la abogada Carreras.

En su presentación argumentó que los denunciados promovieron acciones que persiguen “realizar lo que el DNU prohíbe”, como concurrir a clases de modo presencial durante los próximos 15 días, en el caso del jefe de gobierno al presentarse ante la Corte Suprema y en relación a Stanley, por impulsar una acción de amparo que tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 9.

La pena prevista por cometer este delito es de tipificado en el artículo 205 del Código Penal (atentado a la salud pública, que prevé penas de 6 meses a 2 años) y del artículo 230 inciso 2 (sedición, al que según el Código Penal le corresponde una pena de 1 año a 4 años), “al ponerse de acuerdo para contrariar una disposición nacional a fin de que no sea aplicable en su jurisdicción”.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.