Crean nuevo Dólar Soja

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Así lo decidió e informó a través del Boletín Oficial el ministro de economía Sergio Massa, quien por medio del Decreto 443 y aplicable durante septiembre 2023, el Gobierno restableció de manera extraordinaria y transitoria, el Programa de Incremento Exportador. La medida tiene como objetivo de acumular reservas en el Banco Central.

La medida de Massa fue anunciada a través del Boletín Oficial y entrará en vigencia durante todo el mes de septiembre, donde se buscará captar a “aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores”.

En su articulado se señala que “La adhesión al Programa de Incremento Exportador, en el marco de este decreto, será voluntaria y, de optar por ella, deberán efectuarla en los términos previstos en el segundo párrafo del artículo 2° del Decreto Nº 576/22”, puntualiza el inciso 2°.

De esta forma esta decisión del ministerio de economía se suma a la eliminación de las retenciones para las economías regionales que exporten productos industrializados, anunciada en agosto por el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa.

Según pudo saberse el artículo 3° del texto publicado y ya en vigencia habilita su adhesión para quienes efectúen operaciones de exportación de mercaderías que requieran de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), aun sin estar perfeccionadas y con la compraventa con precio en pesos “a fijar”.

Desde el ministerio de economía explicaron que de esta forma, su resultante estará dado por, el 75% del contravalor de la exportación de las mercaderías, que se deberá ingresar en divisas y negociarse a través del Mercado Libre de Cambios, mientras que el 25% restante será de “libre disponibilidad”.

Además, indicaron que “Los sujetos que adhieran al presente Programa, y que les resulte aplicable, deberán liquidar las divisas que ingresen a través del Mercado Libre de Cambios (MLC), referidas en el artículo 4º de la presente medida, en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de septiembre de 2023, inclusive”, amplía el punto 5°.

El Gobierno explicó que la Argentina es “un relevante exportador mundial de las manufacturas de la soja, productos con baja incidencia directa en la cadena de abastecimiento nacional; de allí que esos alimentos y materias primas no generen impacto directo en la canasta familiar ni en las mediciones del índice mensual de inflación”.

 

 

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