El personal de escuelas porteñas reclama por el plan de vacunación covid-19

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Lo realizó ante la Defensoría del Pueblo porteña que a través de la Coordinación de Salud recibió más de 5.000 reclamos de personal docente (en sus distintos niveles) y no docente de escuelas de gestión pública y privada de la ciudad en relación al Plan de Vacunación Estratégico COVID-19.

El cuestionamiento detalla que el Plan  de vacunación cuenta con distintas etapas definidas en base a criterios epidemiológicos específicos, como la exposición al virus o el riesgo a enfermedad grave a causa del mismo.

Las problemáticas planteadas por los y las requirentes fueron diversas. Entre ellas se encuentran las de quienes han sido empadronados/as pero no tienen turno otorgado, aquellos que no figuran registrados/as, residentes en la Provincia de Buenos Aires que desarrollan sus actividades en establecimientos educativos porteños y residentes de la Ciudad que desarrollan sus actividades en Provincia de Buenos Aires que ante la falta de respuesta se empadronaron en ambos distritos pero tampoco fueron convocados/as para la vacunación.

En el informe también se detallan los reclamos aquellos/as docentes y personal no docente de escuelas con diagnósticos y comorbilidades de patologías crónicas y/o severas como asma, hipertensión, insuficiencia cardíaca, diabetes, obesidad, lupus, artritis reumatoidea, anemias, enfermedades oncológicas, entre otras; y/o mayores de 60 años que tampoco han sido vacunados/as.

Entre las numerosas quejas recibidas en la Defensoría del Pueblo con motivo de no contar a la fecha con la aplicación de la primera dosis de la vacuna, se destacan aquellos que pertenecen al Grupo 1 (especificado por el Consejo Federal de Educación) que comprende al personal de dirección y gestión, personal de supervisión e inspección, docentes frente a alumnos de nivel inicial (incluye ciclo maternal), nivel primario, primer ciclo y de educación especial; lo cual resulta de relevancia dado que es el grupo que se encuentra priorizado como población objetivo a vacunar según lo publicado en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

La Defensoría del Pueblo procedió a enviar oficios, con carácter urgente, al Dr. Gabriel Armando Battistella, titular de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria, Comunitaria del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mediante ellos, se puso en conocimiento del funcionario de las numerosas y distintas situaciones de vecinos y vecinas que desempeñan tareas dentro del ámbito educativo, quienes manifiestan un reclamo en común: la necesidad de crear un “Registro y Empadronamiento” destinado a trabajadores/as docentes, no docentes y personal jerárquico educativo para que se les garantice el acceso a la vacunación a la mayor brevedad posible.

Además el organismo solicitó al funcionario que informe si se ha considerado la necesidad de creación de un Registro Permanente de Empadronamiento de Vacunación para docentes, personal no docente y personal jerárquico educativo que permita constatar si quienes se inscribieron voluntariamente a la vacunación figuran como “empadronado/a” y, asimismo, brinde “detalles del turno asignado”. También se le requirió que informe sobre la modalidad de notificación de turnos asignados y, especialmente, la fecha a partir de la cual se incorporará el empadronamiento y vacunación del personal de dirección, docentes y no docentes mayores de 60 años de las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toda vez que la ANMAT ya recomendó al Ministerio de Salud de la Nación autorizar el uso de emergencia de la vacuna SINOPHARM para ese grupo etario. A la fecha, no se ha recibido respuesta por parte del Ejecutivo local.

La Defensoría también se remitió al funcionario el informe de los reclamos recibidos para que los mismos sean considerados y evaluados según prioridad para la aplicación de la vacuna; al tiempo que se instó a que se arbitren los medios necesarios a fin de disponer la urgente inclusión del conjunto del personal educativo y la imperiosa asignación de turnos de vacunación para el mismo.

Por último se aclara que la asignación de turnos para vacunación -así como su diferimiento o reprogramación- es competencia y responsabilidad exclusiva del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

 

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